
El gobierno Trump anunció a través del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), que tomará muy en serio la actividad en las redes sociales de los solicitantes de beneficios migratorios para definir su permanencia o entrada al país.
USCIS comenzó a considerar la actividad antisemita de extranjeros en las redes sociales y el acoso físico a personas judías como motivos para negar solicitudes de trámites migratorios. Esto afecta principalmente a los extranjeros que solicitan la residencia permanente legal, a los estudiantes extranjeros y a los extranjeros afiliados a instituciones educativas vinculadas con este tipo de actividades. (https://www.uscis.gov/newsroom/news-releases/dhs-to-begin-screening-aliens-social-media-activity-for-antisemitism)
Se estima que esta propuesta afectará a más de 3,5 millones de solicitantes anualmente. El propósito de la medida es verificar las identidades de quienes se están postulando y evaluar posibles riesgos para la seguridad pública.
¿Esta verificación es nueva o ya se venía implementando?
La recolección de información de redes sociales por parte de las autoridades de inmigración no es completamente nueva. Bajo la administración Obama, se comenzaron a intensificar estas prácticas y, durante el primer mandato de Trump, el Departamento de Estado comenzó a requerir que la mayoría de los solicitantes de visas proporcionaran sus identificaciones de redes sociales.
Además, CBP ha tenido la autoridad para inspeccionar dispositivos electrónicos en la frontera, incluyendo aeropuertos, sin necesidad de una orden judicial. Por ejemplo, en 2024, CBP realizó 47.047 búsquedas de dispositivos electrónicos, lo que representó menos de del 0,01% de los pasajeros entrantes.
¿Este tipo de inspección viola los derechos de privacidad?
Aunque estas prácticas se han vuelto más rutinarias, continúan generando preocupaciones significativas sobre la privacidad y los derechos constitucionales. Para el abogado de inmigración Héctor Quiroga, de Quiroga Law Office, PLLC, “La legalidad de estas prácticas ha sido objeto de debate, por ejemplo, en 2019, un tribunal federal en Boston dictaminó que las búsquedas sin sospecha en dispositivos electrónicos de viajeros en aeropuertos y otros puertos de entrada de los Estados Unidos violaban la Cuarta Enmienda. El tribunal estableció que los oficiales fronterizos debían demostrar una sospecha razonable de que un dispositivo contenía contrabando ilegal antes de realizar una búsqueda”.
Sin embargo, CBP sostiene que tiene la autoridad para realizar inspecciones de dispositivos electrónicos en la frontera para garantizar el cumplimiento de las leyes que aplica.
Si no quiere afectar su permanencia o entrada a Estados Unidos recuerde que, para cualquier análisis de solicitud de beneficios de inmigración, USCIS considerará como factor negativo el contenido en redes sociales que indique que una persona respalda, apoya, promueve o apoya el terrorismo antisemita, organizaciones terroristas antisemitas u otra actividad en esta línea.
Si está en proceso de algún trámite migratorio en Estados Unidos, estas son algunas recomendaciones:
- Sea consciente de lo que publica, sus mensajes serán revisados por las autoridades
- Evite subir contenido que pueda prestarse a malinterpretaciones
- Elimine contenido ofensivo o problemático de sus redes sociales
- Asegúrese de que la información en sus perfiles sea consistente con la de la solicitud migratoria
- Proporcione con claridad la información de redes sociales solicitada en formularios migratorios ni proporciona otro derecho o beneficio para el inmigrante indocumentado.