El Estatus de Protección Temporal (TPS) les ofrece a ciudadanos de ciertos países la posibilidad de estar en EE.UU.
Especialmente, cuando en esos países existen condiciones difíciles que impiden a sus ciudadanos su regreso y estadía segura.
Una persona con TPS puede protegerse contra la deportación, acceder a un permiso de trabajo y una autorización de viaje.
Si tienes actualmente TPS y te preguntas “¿Si tengo el TPS puedo pedir a mi esposa?” este artículo te interesa.
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El TPS es un beneficio temporal que, al menos por el momento, no es un camino a la residencia permanente.
De igual manera, el TPS no confiere ningún estatus migratorio, aunque no impide solicitar un estatus de no inmigrante.
Tampoco prohíbe aplicar a figuras como la Convención contra la Tortura, asilo o refugio, siempre que sea elegible para estos.
Si has sido beneficiado con TPS, tienes esposa e hijos y buscas que también sean cubiertos por el TPS:
En pocas palabras, la respuesta corta a “¿Si tengo el TPS puedo pedir a mi esposa?” es un no.
Dado que el TPS no te puede llevar a la residencia, no podrías pedirla, pero ella sí podría solicitar TPS.
Si no has seguido las noticias, a principios de junio la Corte Suprema falló en contra de los titulares de TPS.
La Corte determinó que no habrá residencia permanente para quienes entraron sin inspección y son titulares del TPS.
Esto dificulta aun más la estadía de quienes no pueden regresar a su país por inseguridad y falta de oportunidades.
Por ahora, esperamos que la tan mencionada reforma migratoria del presidente Biden pueda traer algún cambio favorable para el TPS.
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Este contenido editorial es publicado por Abogado Héctor Quiroga, abogado de inmigración en Estados Unidos.
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